La Meca, 29 de abril de 2025. El Ministerio de Turismo de Arabia Saudí ha comunicado a todos los establecimientos de hostelería de La Meca que no podrán alojar a huéspedes que carezcan de permiso de peregrinación o de un permiso oficial de entrada por trabajo o residencia en la ciudad durante la temporada de peregrinación. La directiva entra en vigor el 1 de Dhul-Qidah de 1446 AH, correspondiente al 29 de abril de 2025, y se mantendrá hasta el final de la temporada de peregrinación.
Según informó la agencia estatal saudí SPA el 13 de abril de 2025 desde Riad, el anuncio se alinea con la declaración reciente del Ministerio del Interior sobre los preparativos y procedimientos destinados a salvaguardar el bienestar de los peregrinos y garantizar que puedan realizar la peregrinación con seguridad, protección y tranquilidad.
El Ministerio del Interior subrayó que, a partir del martes 29 de abril de 2025 (1 de Dhul-Qidah de 1446 AH), las personas que posean cualquier tipo de visado distinto del visado de peregrinación no podrán entrar ni permanecer en La Meca. La cartera de Turismo precisó que los establecimientos de hostelería tienen estrictamente prohibido alojar a las personas incluidas en el anuncio del Ministerio del Interior durante el periodo especificado.
¿Qué implica exactamente para un hotel de La Meca recibir a un huésped con un visado turístico en plena temporada de peregrinación? La respuesta oficial es clara: la prohibición alcanza a toda persona que no cuente con permiso de peregrinación o con un permiso oficial de entrada por trabajo o residencia en la ciudad. La medida forma parte de los esfuerzos integrales para garantizar la seguridad de la temporada de peregrinación, en coordinación con otras entidades gubernamentales.
El Ministerio de Turismo reafirmó además la obligación de todos los establecimientos de hostelería de La Meca de cumplir las normativas y procedimientos que rigen la temporada de peregrinación de 1446 AH. Hizo un llamamiento a la plena cooperación con las autoridades competentes para proteger a los peregrinos y reiteró que cualquier infracción de estas directivas dará lugar a sanciones legales.
¿Por qué se fija precisamente el 1 de Dhul-Qidah como fecha de inicio? El calendario Hijri sitúa ese día como umbral de la temporada, y la coincidencia con el 29 de abril de 2025 en el calendario gregoriano marca el arranque de la aplicación. La directiva no se limita a una jornada: se extiende hasta el final de la temporada de peregrinación, de modo que los establecimientos deberán verificar la documentación de sus huéspedes durante todo ese periodo.
La medida se apoya en dos pilares administrativos. Por un lado, el Ministerio de Turismo traslada a la hostelería privada la obligación de comprobar que el huésped dispone de permiso de peregrinación o de un permiso oficial de entrada por trabajo o residencia. Por otro, el Ministerio del Interior establece el marco de entrada y permanencia en la ciudad: quienes tengan un visado distinto del de peregrinación no podrán entrar ni quedarse en La Meca desde el 29 de abril de 2025.
¿Cómo afecta esta norma a los residentes y trabajadores de La Meca? El texto oficial contempla expresamente el permiso oficial de entrada por trabajo o residencia en la ciudad como documento válido para el alojamiento. Es decir, la prohibición no se dirige a quienes acrediten esa condición, sino a quienes carezcan de permiso de peregrinación o de ese permiso oficial de entrada por trabajo o residencia durante la temporada.
El Ministerio de Turismo enmarcó la directiva en los esfuerzos integrales para garantizar la seguridad de la temporada de peregrinación en coordinación con otras entidades gubernamentales. Esa coordinación interinstitucional aparece como el eje del anuncio: la cartera de Turismo actúa sobre los establecimientos de hostelería, mientras el Ministerio del Interior fija las condiciones de entrada y permanencia en La Meca.
¿Qué ocurre si un establecimiento incumple la prohibición? La cartera de Turismo fue explícita: cualquier violación de estas directivas dará lugar a sanciones legales. No se detallan en el anuncio el tipo de sanción, su cuantía ni el procedimiento sancionador, pero la advertencia se extiende a todos los establecimientos de hostelería de La Meca y acompaña al llamamiento a la plena cooperación con las autoridades competentes.
La comunicación del Ministerio de Turismo se produjo el 13 de abril de 2025, según el despacho de SPA fechado en Riad a las 19:44 hora local (16:44 GMT). La fecha de entrada en vigor, el 29 de abril de 2025, deja a los establecimientos de hostelería de La Meca un margen de algo más de dos semanas desde el anuncio para ajustar sus procedimientos de registro y verificación de huéspedes.
¿Basta con la buena fe del hotel o se exige una comprobación documental activa? El anuncio no describe el mecanismo de verificación, pero sí establece la prohibición de alojar a las personas cubiertas por la declaración del Ministerio del Interior durante el periodo especificado. La obligación recae sobre los establecimientos, que deben adherirse a las normativas y procedimientos que rigen la temporada de peregrinación de 1446 AH.
El texto sitúa la protección de los peregrinos como finalidad central: salvaguardar su bienestar y asegurar que puedan realizar la peregrinación con seguridad, protección y tranquilidad. La restricción del alojamiento sin permiso se presenta, por tanto, como una medida de seguridad de la temporada, adoptada en coordinación con otras entidades gubernamentales y no como una disposición aislada de la cartera de Turismo.
¿Qué alcance territorial tiene la prohibición? El anuncio se refiere expresamente a todos los establecimientos de hostelería de La Meca y a la entrada o permanencia en la ciudad. La directiva del Ministerio de Turismo se dirige a las instalaciones de hostelería en La Meca, y la del Ministerio del Interior regula la entrada y permanencia en la ciudad para quienes posean un visado distinto del de peregrinación.
La temporada de peregrinación de 1446 AH queda así sujeta a un doble control documental: el permiso de peregrinación o el permiso oficial de entrada por trabajo o residencia para el alojamiento, y el visado de peregrinación para la entrada y permanencia en La Meca. El Ministerio de Turismo reafirmó la obligación de cumplir las normativas y procedimientos y reiteró las sanciones legales ante cualquier infracción.
¿Cómo se articula la coordinación entre carteras? El anuncio de Turismo se alinea con la declaración del Ministerio del Interior y se presenta como parte de los esfuerzos integrales para garantizar la seguridad de la temporada, en coordinación con otras entidades gubernamentales. Esa arquitectura institucional distribuye responsabilidades: el Interior fija las condiciones de acceso y permanencia, y Turismo las traslada al sector del alojamiento.
El despacho de SPA no precisa el número de establecimientos afectados, el importe de las posibles sanciones, el procedimiento de inspección ni los mecanismos concretos de verificación documental que deberán aplicar los hoteles. Tampoco detalla excepciones distintas de las ya citadas: el permiso de peregrinación y el permiso oficial de entrada por trabajo o residencia en la ciudad.
¿Qué debe hacer un establecimiento ante un huésped que no acredite ninguno de esos documentos? El anuncio no describe el protocolo de actuación, pero la prohibición de alojarlo durante el periodo especificado es expresa, y su incumplimiento conlleva sanciones legales. La directiva se mantiene hasta el final de la temporada de peregrinación, sin que el texto fije una fecha de cierre concreta más allá de esa referencia.
La comunicación del Ministerio de Turismo llega dos semanas antes de la entrada en vigor y se apoya en la declaración previa del Ministerio del Interior. Con ambas piezas, el reino articula el control del alojamiento y del acceso a La Meca durante la temporada de peregrinación de 1446 AH, con la protección de los peregrinos y la seguridad de la temporada como objetivos declarados y con la advertencia de sanciones legales para los establecimientos que se aparten de las directivas.
¿Qué prohíbe exactamente el Ministerio de Turismo a los establecimientos de La Meca? El Ministerio de Turismo ha comunicado a todos los establecimientos de hostelería de La Meca que no podrán alojar a huéspedes que carezcan de permiso de peregrinación o de un permiso oficial de entrada por trabajo o residencia en la ciudad durante la temporada de peregrinación. La prohibición de alojar a las personas cubiertas por el anuncio del Ministerio del Interior es estricta durante el periodo especificado, y cualquier infracción dará lugar a sanciones legales, según el anuncio difundido por SPA el 13 de abril de 2025.
¿Cuándo entra en vigor la medida y hasta cuándo se aplica? La directiva entra en vigor el 1 de Dhul-Qidah de 1446 AH, correspondiente al 29 de abril de 2025, y se mantendrá hasta el final de la temporada de peregrinación. El Ministerio del Interior fijó esa misma fecha, el martes 29 de abril de 2025, para que las personas con cualquier tipo de visado distinto del visado de peregrinación no puedan entrar ni permanecer en La Meca. El anuncio de Turismo se difundió el 13 de abril de 2025.
¿A quién afecta la restricción de entrada y permanencia en La Meca? El Ministerio del Interior subrayó que, desde el 29 de abril de 2025 (1 de Dhul-Qidah de 1446 AH), las personas que posean cualquier tipo de visado distinto del visado de peregrinación no podrán entrar ni permanecer en La Meca. La directiva de Turismo añade que los establecimientos no pueden alojar a quienes carezcan de permiso de peregrinación o de un permiso oficial de entrada por trabajo o residencia en la ciudad durante la temporada de peregrinación.
¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento para los establecimientos? El Ministerio de Turismo reiteró que cualquier violación de estas directivas dará lugar a sanciones legales. Además, reafirmó la obligación de todos los establecimientos de hostelería de La Meca de cumplir las normativas y procedimientos que rigen la temporada de peregrinación de 1446 AH, y llamó a la plena cooperación con las autoridades competentes para proteger a los peregrinos. El anuncio no detalla el tipo ni la cuantía de las sanciones previstas.
¿En qué marco institucional se inscribe la medida? El anuncio del Ministerio de Turismo se alinea con la declaración reciente del Ministerio del Interior sobre los preparativos y procedimientos para salvaguardar el bienestar de los peregrinos y garantizar que puedan realizar la peregrinación con seguridad, protección y tranquilidad. Turismo enmarcó la directiva en los esfuerzos integrales para garantizar la seguridad de la temporada de peregrinación, en coordinación con otras entidades gubernamentales, y no como una disposición aislada.