Tuesday, October 20, 2026
General

Consejo de Seguridad de la ONU pide proteger a los niños de los riesgos digitales

Consejo de Seguridad de la ONU pide proteger a los niños de los riesgos digitales

Nueva York, 20 de octubre de 2026. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas pidió a los Estados miembros que adopten medidas, de conformidad con el derecho internacional, para proteger a los niños de las violaciones cometidas mediante la tecnología digital, facilitadas por ella o agravadas por ella.

Según informó la agencia estatal saudí SPA, el Consejo subrayó la necesidad de incorporar la protección infantil, la privacidad y las salvaguardas de datos en las políticas y las iniciativas digitales.

El Consejo instó a los Estados a integrar la protección digital en los sistemas de protección de la infancia y a ofrecer canales seguros para presentar denuncias. También pidió ampliar la educación a distancia, promover la alfabetización digital en las zonas de conflicto, capacitar a los docentes y proporcionar apoyo psicosocial a los niños.

El Consejo solicitó la recopilación de mejores prácticas y lecciones aprendidas sobre los beneficios y los riesgos de la tecnología digital para los niños en situaciones de conflicto. Asimismo, urgió a los Estados a reforzar la rendición de cuentas, investigar las violaciones y llevar ante la justicia a los responsables. También destacó la importancia de apoyar la investigación y las alianzas entre los gobiernos y el sector privado para prevenir daños y explotación, con especial atención a los riesgos que enfrentan las niñas.

¿Qué significa que el máximo órgano de seguridad de la ONU coloque la protección digital de la infancia en el centro de su agenda? El pronunciamiento se produce en un contexto en el que la tecnología digital atraviesa cada vez más ámbitos de la vida de los menores, desde la educación hasta la comunicación, y en el que los conflictos armados añaden capas de vulnerabilidad.

El texto aprobado no se limita a un llamamiento general. Pide a los Estados que actúen conforme al derecho internacional y que traduzcan ese marco jurídico en medidas concretas. ¿Cómo se aplica el derecho internacional cuando el daño ocurre en plataformas digitales que operan más allá de las fronteras de un solo país? Esa es una de las preguntas que el Consejo deja abiertas a los Estados y a las empresas tecnológicas.

Uno de los ejes centrales es la integración de la protección digital en los sistemas nacionales de protección de la infancia. El Consejo no propone crear estructuras paralelas, sino incorporar la dimensión digital a los mecanismos que ya existen. ¿Bastará con sumar un componente digital a los sistemas actuales, o hará falta rediseñarlos por completo? La respuesta dependerá de la capacidad de cada Estado para adaptar sus instituciones.

El llamamiento incluye también la creación de canales seguros para que los niños y quienes los rodean puedan denunciar violaciones. La existencia de vías de denuncia accesibles y protegidas es, según el planteamiento del Consejo, una condición para que las demás medidas funcionen. ¿De qué sirve reconocer un derecho si quien lo sufre no tiene un lugar seguro donde contarlo? La pregunta atraviesa buena parte de las recomendaciones recogidas por SPA.

En el ámbito educativo, el Consejo pidió ampliar la educación a distancia, promover la alfabetización digital en las zonas de conflicto y capacitar a los docentes. Estos tres elementos se presentan como complementarios: sin docentes formados, la alfabetización digital pierde alcance; sin educación a distancia, muchos niños en zonas de conflicto quedan fuera. ¿Cómo se garantiza la continuidad educativa cuando la infraestructura física ha sido destruida o es insegura?

El apoyo psicosocial a los niños aparece como otro pilar del pronunciamiento. El Consejo vincula así la protección digital con el bienestar emocional de los menores expuestos a conflictos. ¿Qué ocurre con un niño que ha sufrido violencia en línea y no recibe ningún acompañamiento? El texto sitúa esa respuesta en el ámbito de las obligaciones de los Estados.

El Consejo solicitó además la recopilación de mejores prácticas y lecciones aprendidas sobre los beneficios y los riesgos de la tecnología digital para los niños en situaciones de conflicto. Este punto reconoce que la tecnología no es solo una fuente de peligro: también puede ser una herramienta de acceso a la educación y a la información. ¿Cómo se equilibran los beneficios y los riesgos sin renunciar a unos ni ignorar los otros? La recopilación de experiencias busca precisamente orientar esa balanza.

La rendición de cuentas ocupa un lugar destacado en el llamamiento. El Consejo urgió a los Estados a reforzar la rendición de cuentas, investigar las violaciones y llevar ante la justicia a los responsables. ¿Qué mecanismos existen para perseguir violaciones cometidas o facilitadas por tecnología digital cuando los autores operan en distintas jurisdicciones? El texto no detalla los instrumentos, pero fija la dirección.

El Consejo también enfatizó la importancia de apoyar la investigación y las alianzas entre los gobiernos y el sector privado para prevenir daños y explotación. Esa mención sitúa a las empresas tecnológicas como actores relevantes en la protección de la infancia. ¿Puede la colaboración público-privada sustituir a la regulación, o solo complementarla? La pregunta queda planteada para los próximos debates.

Un elemento específico del pronunciamiento es la atención particular a los riesgos que enfrentan las niñas. El Consejo no desarrolla en el texto recogido por SPA qué riesgos son esos ni qué medidas adicionales propone, pero los coloca en primer plano. ¿Por qué es necesario un enfoque diferenciado por género en la protección digital de la infancia? La sola inclusión de esta referencia indica que el Consejo considera que las niñas afrontan exposiciones distintas o más severas.

El pronunciamiento se enmarca en la labor del Consejo de Seguridad sobre niños y conflictos armados, un ámbito en el que el órgano ha trabajado durante años. La novedad aquí es el foco en la tecnología digital como vector de violaciones. ¿Está el derecho internacional preparado para perseguir daños que ocurren en entornos digitales y que a menudo dejan rastros dispersos? Esa es una de las cuestiones que el texto deja sin resolver.

El llamamiento a los Estados miembros subraya la dimensión de aplicación nacional. El Consejo puede fijar orientaciones, pero son los Estados quienes deben adoptar medidas conforme al derecho internacional. ¿Qué ocurre cuando un Estado no tiene capacidad técnica o institucional para implementar esas medidas? El texto no establece mecanismos de apoyo, aunque la petición de recopilar mejores prácticas apunta a un intercambio entre países.

La capacitación de docentes y la alfabetización digital en zonas de conflicto plantean desafíos prácticos. En contextos donde faltan electricidad, conectividad o personal formado, ¿cómo se implementan programas de alfabetización digital? El Consejo pide ampliar la educación a distancia, pero no detalla cómo superar esas barreras materiales. La pregunta queda abierta para los organismos que deban ejecutar las recomendaciones.

El apoyo psicosocial también exige recursos humanos y financieros. ¿Quién proporciona ese apoyo cuando los sistemas de salud y de protección social están debilitados por el conflicto? El pronunciamiento del Consejo establece la necesidad, pero no asigna responsabilidades operativas concretas más allá de los Estados.

La petición de investigar violaciones y llevar ante la justicia a los responsables conecta con el trabajo de mecanismos internacionales de justicia. ¿Cómo se recolectan pruebas digitales que sean admisibles en tribunales nacionales o internacionales? El texto recogido por SPA no entra en cuestiones probatorias, pero la exigencia de rendición de cuentas las presupone.

Las alianzas entre gobiernos y sector privado para prevenir daños y explotación abren otro frente. Las plataformas digitales tienen datos y capacidades técnicas que los Estados no poseen. ¿Cómo se reparte la responsabilidad cuando una plataforma detecta contenido que pone en riesgo a menores en una zona de conflicto? El Consejo pide apoyar esas alianzas, sin especificar marcos de responsabilidad.

La atención particular a las niñas sugiere que el Consejo considera que ciertos riesgos digitales afectan de manera desproporcionada a las menores. ¿Qué formas de explotación y de violencia en línea requieren respuestas específicas por razón de género? El texto no las enumera, pero la mención explícita obliga a los Estados a tenerlas en cuenta al diseñar políticas.

El pronunciamiento también pide incorporar la privacidad y las salvaguardas de datos en las políticas digitales. Esto vincula la protección infantil con la protección de datos personales, un ámbito con marcos regulatorios dispares entre países. ¿Cómo se protegen los datos de un menor en un entorno transfronterizo? La pregunta es relevante para cualquier iniciativa de educación a distancia o de denuncia en línea.

El Consejo solicita compilar mejores prácticas y lecciones aprendidas, lo que implica reconocer que aún no existe una respuesta consolidada. ¿Qué países han logrado integrar la protección digital en sus sistemas de protección infantil y qué resultados han obtenido? Esa recopilación podría orientar a otros Estados, según el planteamiento del texto.

El llamamiento se produce en un momento en que la digitalización avanza en la educación, la sanidad y la comunicación, también en contextos frágiles. El Consejo sitúa la protección de la infancia en ese cruce entre tecnología y conflicto. ¿Cómo se garantiza que la respuesta no llegue tarde a cada nueva forma de daño digital? La pregunta resume el desafío que el texto plantea a los Estados miembros.

El despacho de SPA no indica qué Estados impulsaron el pronunciamiento, si hubo votación ni si el texto tiene carácter vinculante. Tampoco detalla plazos para la aplicación de las medidas ni mecanismos de seguimiento. Esas omisiones dejan abiertas las preguntas sobre cómo se traducirá el llamamiento en acciones concretas.

¿Qué pidió el Consejo de Seguridad de la ONU a los Estados miembros? El Consejo pidió a los Estados miembros que adopten medidas, conforme al derecho internacional, para proteger a los niños de violaciones cometidas mediante la tecnología digital, facilitadas por ella o agravadas por ella. También subrayó la necesidad de incorporar la protección infantil, la privacidad y las salvaguardas de datos en las políticas e iniciativas digitales, según informó la agencia estatal saudí SPA.

¿Qué medidas educativas y de apoyo propuso el Consejo? El Consejo instó a ampliar la educación a distancia, promover la alfabetización digital en zonas de conflicto, capacitar a docentes y proporcionar apoyo psicosocial a los niños. Además, pidió integrar la protección digital en los sistemas de protección de la infancia y ofrecer canales seguros para presentar denuncias. Estas medidas buscan combinar continuidad educativa, formación y bienestar emocional en contextos afectados por conflictos.

¿Qué dijo el Consejo sobre rendición de cuentas e investigación? El Consejo urgió a los Estados a reforzar la rendición de cuentas, investigar las violaciones y llevar ante la justicia a los responsables. También solicitó compilar mejores prácticas y lecciones aprendidas sobre los beneficios y riesgos de la tecnología digital para los niños en situaciones de conflicto. El texto recogido por SPA no detalla mecanismos concretos de investigación ni plazos para su aplicación.

¿Qué papel asigna el Consejo al sector privado y a la investigación? El Consejo destacó la importancia de apoyar la investigación y las alianzas entre gobiernos y sector privado para prevenir daños y explotación, con especial atención a los riesgos que enfrentan las niñas. Esa mención sitúa a las empresas tecnológicas como actores relevantes en la protección de la infancia. El pronunciamiento no especifica marcos de responsabilidad ni obligaciones concretas para las plataformas digitales.

¿Por qué se menciona de forma específica a las niñas? El Consejo pidió particular atención a los riesgos que enfrentan las niñas en el entorno digital. El texto recogido por SPA no enumera qué riesgos son esos ni qué medidas adicionales propone, pero la referencia explícita indica que el Consejo considera que las menores afrontan exposiciones distintas o más severas. Esa mención obliga a los Estados a tener en cuenta el enfoque de género al diseñar políticas de protección digital.

¿Qué aspectos no detalla el despacho de SPA? El despacho no indica qué Estados impulsaron el pronunciamiento, si hubo votación ni si el texto tiene carácter vinculante. Tampoco detalla plazos para aplicar las medidas ni mecanismos de seguimiento. Estas omisiones dejan abiertas las preguntas sobre cómo se traducirá el llamamiento en acciones concretas y qué instrumentos se usarán para verificar su cumplimiento por parte de los Estados miembros.